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POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN

La Fundación Acción contra el Hambre, con CIF G-81164105 y domicilio en la Calle Duque de Sevilla nº3, 28002, Madrid, pone en conocimiento de los establecimientos participantes en la campaña Restaurantes contra el Hambre © las condiciones de participación:

  1. Que la Fundación Acción contra el Hambre (en adelante ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE) es una organización sin ánimo de lucro, con carácter humanitario, que lucha contra las causas y los efectos del hambre.
  2. Que el establecimiento cuyos datos ha facilitado a través de este formulario (en adelante EL RESTAURANTE) está conforme en colaborar con ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE mediante su participación en la campaña Restaurantes contra el Hambre ©.
  3. Que ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE organiza la campaña llamada Restaurantes contra el Hambre ©.
  4. Que el objetivo de la campaña es recaudar fondos para apoyar el trabajo que ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE lleva a cabo en España y el resto de los países en los que trabaja. 
  5. Que los datos comerciales facilitados en este formulario podrán reflejarse en las comunicaciones y materiales promocionales de la campaña.
  6. Para que el personal y la clientela de EL RESTAURANTE conozcan la campaña, ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE enviará a la dirección facilitada los materiales promocionales disponibles. En caso de no recibir los materiales, EL RESTAURANTE informará a ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE por email (restaurantes@accioncontraelhambre.org) o por teléfono / WhatsApp (+34 616900968)
  7. Al realizar la inscripción, EL RESTAURANTE se compromete a poner en marcha la campaña entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre del año en curso y a donar a ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE la recaudación obtenida antes del 15 de diciembre.
  8. EL RESTAURANTE realizará la donación mediante transferencia a la cuenta del Banco Santander ES34 0049-1892-62-2310530495 de ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE. En el concepto de la misma deberá aparecer el nombre comercial de EL RESTAURANTE y su código postal.
  9. La cantidad transferida por EL RESTAURANTE tendrá el tratamiento de donación. ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE procederá a emitir el correspondiente certificado de donación y se lo hará llegar por email a EL RESTAURANTE antes del mes de abril del año siguiente a la transferencia realizada.

El incumplimiento de las obligaciones que se expresan en este documento producirá su resolución de pleno derecho, quedando legitimada la parte perjudicada para exigir los daños y perjuicios que en derecho diera a lugar. Para cuantas divergencias pudieran surgir en la interpretación de este convenio, las partes se someten a un arbitraje de equidad en Madrid, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles.

 

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